Tramitación de la Nacionalidad Española
Como obtener la nacionalidad española
La nacionalidad es un derecho fundamental y el vínculo jurídico que une una persona con un Estado, con sus consiguientes derechos y obligaciones. Por regla general, el criterio para adquirir la nacionalidad española de origen es el ius sanguinis. Es decir, son españoles de origen los hijos de españoles, con independencia del lugar en el que hayan nacido. No obstante, hay otros modos de adquirir la nacionalidad española y en RC Soporte Legal te asesoramos para ello.
Nacionalidad Española por residencia
Es un modo de adquirir de nacionalidad que se reconoce a los extranjeros que han vivido en España de forma legal y continuada durante un determinado número de años. Por regla general se exigen 10 años de residencia, pero hay casos en que este tiempo se reduce: (i) refugiados: 5 años; (ii) ciudadanos de países iberoamericanos, Portugal, Filipinas, Andorra, Guinea Ecuatorial y personas con origen Sefardí: 2 años; (iii) casados con españoles, descendientes de españoles o nacidos en territorio español: 1 año.
Nacionalidad Española por opción
Es un beneficio que se reconoce a personas que estén o hayan estado bajo la patria potestad de un español.
Nacionalidad Española por simple presunción
La normativa española reconoce como españoles de origen a los niños nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas) o si la legislación de ninguno de los padres atribuye al niño una nacionalidad.
Nacionalidad Española para Guatemaltecos
Desde 1961 España y Guatemala tienen suscrito un convenio que permite a los ciudadanos guatemaltecos de origen adquirir la nacionalidad española en cuanto fijen su domicilio en territorio español.
Recurso Contencioso-Administrativo
El Real Decreto 1001/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, establece que el Ministerio de Justicia tiene un año para resolver sobre la solicitud de nacionalidad española por residencia.
Sin embargo no siempre se cumple con este término y se hace necesario presentar un Recurso Contencioso Administrativo ante la Audiencia Nacional, para lo cual se requiere de Abogado y Procurador.